El tema de los inmuebles es uno de los que crea más conflictos en procedimientos de divorcio, en supuesto tales como cuando se han adquirido anteriormente al matrimonio, pero se gravan con hipotecas que se pagan durante el matrimonio. ¿Cómo se liquida este bien?.
En sentencia de fecha 15/01/2024, recurso 6725/2019, La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo reconoce el carácter privativo de los inmuebles adquiridos por el progenitor cuando su hijo estaba soltero y que le transmitió gratis estando casado. En el proceso de divorcio, el cónyuge tiene derecho a quedarse los inmuebles que le dio gratis su padre, incluso en régimen matrimonial de gananciales.
El Tribunal Supremo falla en esta sentencia que, cuando un matrimonio se disuelve, los inmuebles que adquirió el progenitor de uno de los cónyuges cuando aún estaba soltero y que le transmitió de forma gratuita una vez casado, son privativos suyos, sin que pueda atribuirse carácter ganancial a dichos inmuebles.